Salud

Mutualistas deberán dar atención post COVID-19 a pacientes que estuvieron internados

El Ministerio de Salud Pública emitió una ordenanza que obliga a las mutualistas a dar atención post COVID-19 a las personas que estuvieron internadas por esta enfermedad en un plazo de entre siete y 10 días.

La cartera entiende que es necesaria la adopción de medidas extraordinarias para garantizar el acceso a la atención médica de los pacientes post COVID-19. Sostiene que en muchos casos necesitan una rehabilitación integral que permita la reducción o eliminación de las secuelas que deja el virus.

Por esto publicó el marco normativo que obliga a las instituciones a dar consulta a los pacientes post COVID-19 en menos de 10 días desde la fecha en que la solicitó. Las especialidades en las que tendrán prioridad serán medicina interna, neumología, cardiología, neurología y fisiatría.

Cuando se trate de personas que estuvieron internadas en Centros de Tratamiento Intensivo (CTI), el plazo máximo de espera será de siete días.