Sociales

Multas por circular en vehículos por las playas puede llegar a los $ 30.000

La circulación de vehículos en las playas está prohibida, y que la infracción puede acarrear multas de hasta 25 unidades reajustables equivalentes  unos a $ 30.0000 aproximadamente. El valor aumenta en casos de reincidencia.
Las playas son catalogadas los sitios más democráticos de disfrute público, accesibles a toda la población, a lo largo de todo el territorio nacional.

Los cordones de dunas, la vegetación y fauna asociadas cumplen importantes funciones de defensa natural frente a las fuertes tormentas. Al mismo tiempo, son ambientes altamente frágiles que requieren  acciones de todas las comunidades para mantener su calidad y funciones. Una de las medidas de protección de la faja de defensa de costas y de las personas que disfrutan la playa es la restricción a la circulación de vehículos no autorizados como cuatriciclos, motos, jeeps, y otros.
Así lo indica el artículo 171 de la Ley N° 19.535 de 2017 y el Decreto 100 del año 1991.
Para asegurar el cumplimiento de esta ley y mantener informada a la población, la Prefectura Nacional Naval y la Dirección Nacional de Medio Ambiente realizan controles periódicos. Además, al igual que en años anteriores, en breve se instalará cartelería informativa.
Las denuncias por infracciones de estos vehículos se pueden realizar por teléfono llamando a la Prefectura Nacional Naval -106-, p por el sitio web del Ministerio de Vivienda y Medio Ambiente: www.mvotma.gub.uy/portal/denuncias