Multas por circular en vehículos por las playas puede llegar a los $ 30.000
15 noviembre, 2019
La circulación de vehículos en las
playas está prohibida, y que la infracción puede acarrear multas de hasta 25 unidades
reajustables equivalentes unos a $ 30.0000
aproximadamente. El valor aumenta en casos de reincidencia.
Las playas son catalogadas los sitios más
democráticos de disfrute público, accesibles a toda la población, a lo largo de
todo el territorio nacional.
Los cordones de dunas, la
vegetación y fauna asociadas cumplen importantes funciones de defensa natural
frente a las fuertes tormentas. Al mismo tiempo, son ambientes altamente
frágiles que requieren acciones de todas
las comunidades para mantener su calidad y funciones. Una de las medidas de
protección de la faja de defensa de costas y de las personas que disfrutan la
playa es la restricción a la circulación de vehículos no autorizados como
cuatriciclos, motos, jeeps, y otros.
Así lo indica el artículo 171 de la Ley N°
19.535 de 2017 y el Decreto 100 del año 1991.
Para asegurar el cumplimiento de esta ley y
mantener informada a la población, la Prefectura Nacional Naval y la Dirección
Nacional de Medio Ambiente realizan controles periódicos. Además, al igual que en
años anteriores, en breve se instalará cartelería informativa.
Las denuncias por infracciones de estos
vehículos se pueden realizar por teléfono llamando a la Prefectura Nacional
Naval -106-, p por el sitio web del Ministerio de Vivienda y Medio Ambiente: www.mvotma.gub.uy/portal/denuncias